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Bonifica tu autónomo por cuidar de tu hijo

Con la entrada en vigor de este Real Decreto 1/2015, de 27 de febrero  se articula una bonificación para los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Se establecen beneficios para una mejora de la conciliación de la vida profesional y familiar de los trabajadores autónomos. Los autónomos tendrán derecho a una bonificación del 100 % de su cuota de autónomos por contingencias comunes, que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los doce meses anteriores. Podrán acogerse a ella por el cuidado de menores de 7 años o por tener a su cargo un familiar. No obstante, la bonificación esta sujeta a la contratación de un trabajador a tiempo completo o parcial con una jornada no inferior al 50 % que deberá mantenerse durante todo el periodo de su disfrute de la bonificación, en todo caso el contrato deberá, ser al menos de 3 meses.   Si se incumple en lo previsto el trabajador autónomo estará obligado a reintegrar el importe de la bonificación disfrutada. Si necesitas más información puedes acudir a cualquiera de nuestros asesores.